domingo, 28 de abril de 2013

“España apoya a Rabat por intereses económicos”


Diario del Altoaragón

Domingo, 28 de abril de 2013.
Fuente Hambre de Justicia

Hoy se publica en el Diario del Altoaragón la noticia de la charla que impartió Hassam Alí (1), activista saharaui, en la Plaza de Navarra, dentro de las actividades de la Huelga #hambredejusticia. Recogemos aquí su contenido íntegro:
HUESCA.- El activista saharaui por los derechos humanos Hassam Alí trasladó ayer la realidad del pueblo saharaui y sus sufrimientos bajo la ocupación marroquí a los asistentes a una charla organizada por “Hambre de Justicia” en la plaza Navarra.



Hassana Alia, ayer en la Plaza de Navarra
Hassam, de 24 años y condenado en rebeldía a cadena perpetua por un tribunal militar de Rabat por haber participado en el “campamento de la dignidad”, afirmó que “el pueblo saharaui vive bajo la ocupación marroquí opresión, tortura, cárcel, desaparecidos y el robo de sus recursos naturales”, en especial fosfatos, fósforo y pesca.
Precisamente son los recursos económicos los que Alí cree que llevan a los diferentes gobiernos españoles a olvidar al Sáhara. “La actitud de España -potencia colonizadora hasta 1975- ha sido una vergüenza”, declaró.
En su opinión, “los intereses económicos están por encima de los derechos humanos y del derecho del pueblo saharaui a la autodeterminación -reconocida por la ONU-, pero España tiene muchos intereses económicos con Marruecos, por ejemplo en pesca y fosfatos, y por eso apoya al Gobierno marroquí y a la ocupación del Sáhara Occidental”.
El último ejemplo de ello es reciente: “Hace poco Estados Unidos dijo que hay que hacer una comisión para proteger los derechos humanos en el Sáhara y (el ministro de Exteriores, José Manuel García-Margallo) se negó y se levantó”. (2)
Mientras tanto, “la vida es muy dura para el pueblo saharaui, que vive separado por un gran muro entre los campamentos de refugiados y la zona ocupada del que no se habla”. El activista señaló que hay más de 500 desaparecidos, 60 presos políticos y 11 asesinados. (3)
MÁS DE 70 HUELGUISTAS
Integrantes de “Hambre de Justicia” señalaron que hasta ayer 73 personas han participado en el ayuno reivindicativo, algunas de ellas desde Madrid o Zaragoza. La media diaria es de 20 y en total suman 303 jornadas de ayuno. La protesta acaba el 11 de mayo y se prevé un ayuno masivo para el que hay confirmadas 27 personas y “el número crece cada día”.




Notas del Observatorio aragonés para el Sáhara Occidental
(1)   Hassana Alia
(2)   Se refiere a la ampliación de las funciones de la MINURSO en cuanto a supervisión de DDHH
(3)   Estos dos últimos datos son en cuanto a víctimas posteriores al levantamiento del campameno Akdeim Izik.

miércoles, 17 de abril de 2013

"El Sahara Occidental y la violación de los Derechos Humanos. Del abandono hasta el juicio de Gdeim Izik”

El viernes 26 de abril la Sección de Derechos Humanos del Colegio de Abogados de Zaragoza ha organizado la charla "El Sahara Occidental y la violación de los Derechos Humanos. Del abandono hasta el juicio de Gdeim Izik”.




 
Los ponentes invitados son Hassana Alia y Eduardo Soto.


Hassana es un joven activista saharaui de derechos humanos, condenado por Marruecos a cadena perpetua en relación al desmantelamiento de Gdeim Izyk.

Eduardo Soto es jurista, escritor y experto en el Sahara  autor del libro: "Viaje al abandono"


La hora las 18.30 PM y el lugar el Salón de Actos del Colegio de Abogados de Zaragoza,
en la calle Don Jaime nº 18.

Las “confesiones” obtenidas mediante tortura deben ser excluidas

Amnistía Internacional
Marruecos / Sáhara Occidental (14-04-13)

Las autoridades marroquíes deben investigar las denuncias de tortura infligida al activista saharaui Mohamed Dihani y garantizar que las “confesiones” obtenidas mediante tortura y coacción no se admiten como prueba en el juicio sobre su recurso de apelación, que está previsto que comience el lunes, 15 de abril. Sobre la base de esas “confesiones”, Mohamed Dihani fue declarado culpable de presunta conspiración para cometer actos de terrorismo en aplicación de la legislación antiterrorista de Marruecos y condenado a 10 años de prisión el 27 de octubre de 2011 por el Tribunal de Primera Instancia de Rabat.

Asimismo, las autoridades marroquíes deben investigar las denuncias según las cuales Mohamed Dihani estuvo recluido en régimen de incomunicación bajo custodia del órgano nacional de inteligencia marroquí, la Dirección de Vigilancia del Territorio (Direction de la surveillance du territoire, DST), entre el 28 de abril y el 28 de octubre de 2010.

Desaparición forzada y detención en régimen de incomunicación

Mohamed Dihani, ciudadano marroquí de 26 años de El Aaiún, en el Sáhara Occidental, fue visto por última vez por su primo y su hermano a última hora del 28 de abril de 2010 hablando con un hombre que al parecer pertenecía a la DST. La DST ya había interrogado a Mohamed Dihani en noviembre de 2009 sobre sus actividades en favor de la independencia del Sáhara Occidental.

La familia de Mohamed Dihani temía que hubiera sido detenido por la DST. No pudieron confirmar su paradero ni su detención, a pesar de dirigirse a las fuerzas de seguridad marroquíes y haber presentado varias denuncias ante el fiscal de la Corona en El Aaiún, ninguna de las cuales, que se sepa, dio paso a una investigación. Amnistía Internacional escribió al ministro de Justicia para preguntarle por el paradero de Mohamed Dihani y expresarle los motivos de preocupación de la organización acerca de su reclusión en régimen de incomunicación bajo custodia de la DST.

El 29 de octubre de 2010, el Ministerio del Interior anunció que se había desarticulado una célula terrorista entre cuyos miembros había un saharaui que coincidía con la descripción de Mohamed Dihani. Seis meses después de la desaparición forzada de Mohamed Dihani, su familia recibió confirmación de las autoridades marroquíes de que su hijo había sido detenido por cargos relacionados con terrorismo.

Mientras, las múltiples denuncias relativas a la detención en régimen de incomunicación de Mohamed Dihani presentadas por sus progenitores y su abogado ante el fiscal de la Corona en El Aaiún a partir del 5 de mayo de 2010, así como las reiteradas solicitudes de apertura de investigaciones dirigidas al ministro del Interior, al ministro de Justicia, al presidente del Consejo Consultivo para los Derechos Humanos (órgano sustituido actualmente por el Consejo Nacional de Derechos Humanos, CNDH) y al CNDH, continúan sin respuesta hasta la fecha, o se han encontrado con la negativa a investigar el asunto.

A Amnistía Internacional le sigue preocupando que Mohamed Dihani pudiera haber estado recluido en dependencias de la DST entre el 28 de abril y el 28 de octubre de 2010 en condiciones equivalentes a desaparición forzada, y pide a las autoridades marroquíes que abran una investigación al respecto. La desaparición forzada y la detención en régimen de incomunicación constituyen graves violaciones de derechos humanos. Además, infringen el artículo 67 del Código de Procedimiento Penal marroquí, que obliga a las fuerzas de seguridad a notificar la detención de una persona a sus familiares tan pronto como se tome la decisión de ponerla bajo custodia. La detención en régimen de incomunicación infringe además el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (PIDCP), en el que Marruecos es Estado Parte, así como el principio 16.1 del Conjunto de Principios para la protección de todas las personas sometidas a cualquier forma de detención o prisión, adoptado por la Asamblea General de la ONU en 1988.


“Confesiones” bajo tortura
Mohamed Dihani ha negado una y otra vez los cargos en su contra y ha declarado reiteradamente que la “confesión” utilizada para inculparlo no reflejaba la verdad y había sido obtenida mediante tortura.

Mohamed Dihani asegura además que lo sometieron regularmente a tortura y otros malos tratos tanto en la cárcel como en la comisaría de policía de Maarif, adonde lo habían trasladado durante tres días, según informes, en marzo de 2013. Dijo a su abogado y a su familia que seguían con los intentos de obtener declaraciones de él mediante tortura. A pesar de las detalladas denuncias por tortura y otros malos tratos presentadas en nombre de Mohamed Dihani por sus familiares ante las autoridades pertinentes, hasta la fecha no se ha tenido constancia de la apertura de una investigación. También se hicieron gestiones ante el CNDH, cuyo representante visitó a Mohamed Dihani en prisión por primera vez el 11 de abril de 2013.

Según informes, Mohamed Dihani permaneció durante horas suspendido por las muñecas y, en varias ocasiones, durante toda la noche. Al parecer ha habido intentos de obligarlo a firmar documentos manuscritos cuyo contenido él desconocía. Según ha contado su abogado a Amnistía Internacional, ya no es capaz de levantar los brazos debido a las torturas y otros malos tratos que ha padecido.  

A Amnistía Internacional le preocupa que Mohamed Dihani fuera sometido reiteradamente a tortura bajo custodia, y que las “confesiones” utilizadas para inculparlo fueran obtenidas mediante tortura, en contravención de la prohibición absoluta de la tortura y del derecho del acusado a no ser obligado a declarar contra sí mismo o a admitir su culpabilidad.
Amnistía Internacional ha pedido a las autoridades marroquíes que abran sin demora investigaciones exhaustivas e imparciales sobre estas denuncias y que se excluyan de las actuaciones judiciales contra Mohamed Dihani las “confesiones” obtenidas mediante tortura o coacción. Utilizar “confesiones” obtenidas mediante tortura o coacción contraviene el derecho marroquí y las normas internacionales de derechos humanos. El artículo 293 del Código de Procedimiento Penal marroquí establece que las confesiones obtenidas mediante violencia o coacción son nulas conforme a derecho y se refiere expresamente al artículo 5 de la Declaración Universal de Derechos Humanos y al artículo 7 del PIDCP, que prohíben la tortura.

Las autoridades marroquíes han de garantizar que los detenidos reciben un trato acorde a lo establecido en las leyes y normas internacionales, entre ellas el PIDCP y la Convención contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes, tratados en los que Marruecos es Estado Parte, y el Conjunto de Principios para la protección de todas las personas sometidas a cualquier forma de detención o prisión.

Una legislación antiterrorista que erosiona los derechos humanos
Mohamed Dihani fue acusado y condenado en aplicación de la Ley 03-03 para Combatir el Terrorismo por presunta conspiración para cometer actos de terrorismo según el artículo 218-1, párrafo 9. La Ley 03-03 no dispone garantías adecuadas para los sospechosos de terrorismo. Amplía a 12 días el periodo bajo custodia policial (garde à vue) permitido por el Código de Procedimiento Penal marroquí, tiempo durante el cual los detenidos están expuestos a sufrir tortura y otros malos tratos. Además, extiende hasta seis días el periodo durante el cual se puede privar a los detenidos de todo contacto con sus abogados, lo que afecta a su derecho a una defensa adecuada.  

A Amnistía Internacional le preocupa que se sigan perpetrando violaciones de derechos humanos en Marruecos en nombre de la lucha antiterrorista a pesar de la nueva Constitución marroquí. Desde que se promulgó la Ley 03-03 en 2003, la detención en régimen de incomunicación, la tortura y otros malos tratos y los procedimientos judiciales sin garantías en los casos relacionados con la seguridad nacional han sido prácticas recurrentes en el último decenio. El relator especial de la ONU sobre la cuestión de la tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes, Juan Méndez, refleja estos motivos de preocupación en su informe sobre su visita a Marruecos en septiembre de 2012.

La represión de los activistas independentistas en el Sáhara Occidental

En los últimos años, los defensores de los derechos humanos y activistas independentistas saharauis han sufrido restricciones en su trabajo en forma de hostigamiento, vigilancia de las fuerzas de seguridad, limitaciones del derecho a la libertad de circulación y, en algunos casos, procesamiento por poner en peligro la seguridad “interior” y “exterior” de Marruecos. Tampoco han podido inscribir sus organizaciones en el registro oficial, al parecer debido a trabas administrativas basadas en motivos políticos. Se ha encarcelado a activistas independentistas saharauis tras manifestaciones en las que reclamaban el derecho a la autodeterminación de la población del Sáhara Occidental y, según informes, funcionarios encargados de hacer cumplir la ley marroquíes han sometido a algunos de ellos a tortura u otros malos tratos durante su interrogatorio, sin que tales denuncias se hayan investigado debidamente.  

La Misión de las Naciones Unidas para el Referéndum del Sáhara Occidental (MINURSO) es una de las contadas misiones establecidas bajo la autoridad del Consejo de Seguridad que no incluye un componente de observación de derechos humanos. Tampoco está desempeñando esa función primordial la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos (OACNUDH), que carece de presencia en la zona. Un mecanismo de observación de derechos humanos de las Naciones Unidas, facultado para verificar la situación en el Sáhara Occidental y en los campos de refugiados de Tinduf, permitiría disponer de información independiente e imparcial sobre la situación actual de los derechos humanos, incluidos los casos de presunta desaparición forzada como el de Mohamed Dihani documentados entre el 28 de abril y el 28 de octubre de 2010. Tendría una influencia decisiva en la documentación de violaciones de derechos humanos que, de otro modo, quedarían sin denunciar, y evitaría las acusaciones infundadas en otros casos.

martes, 12 de marzo de 2013

Las Cortes de Aragón muestran su compromiso con la protección de los derechos humanos en el Sahara Occidental y la autodeterminación del pueblo saharaui


Las Cortes de Aragón muestran su compromiso con la protección de los derechos humanos en el Sahara Occidental y la autodeterminación del pueblo saharaui

El presidente del Parlamento aragonés, José Ángel Biel, ha leído una declaración institucional sobre la situación en el Sahara Occidental y de apoyo a la protección de los derechos fundamentales del pueblo saharaui, que ha sido aprobada por unanimidad y que exige a Marruecos “la liberación de los presos políticos y la protección de los derechos fundamentales del pueblo saharaui”

José Ángel Biel ha leído ante la Cámara la declaración institucional sobre el Sahara Occidental.


Zaragoza, 07/03/2013.- Las Cortes de Aragón han realizado esta mañana una Declaración Institucional sobre la situación en el Sahara Occidental y de apoyo a la protección de los derechos fundamentales del pueblo saharaui, a petición de la ponencia de las Cortes aragonesas, “Paz para el Pueblo Saharaui”.
La declaración, leída por el presidente de la Cámara, suscribe “el mandato del Parlamento Europeo a la XXII sesión del Consejo de Derechos Humanos de Naciones Unidas y exige al reino de Marruecos la libertad de todos los presos políticos saharauis, así como la protección de los derechos fundamentales del pueblo saharaui”.  
El texto, que será remitido a dirigentes, nacionales e internacionales, relevantes en este asunto, destaca también “la necesidad de un mecanismo internacional de seguimiento de los derechos humanos en el Sahara Occidental y apoya una solución del conflicto basada en el ejercicio del derecho a la autodeterminación del pueblo saharaui, como está establecido en numerosas resoluciones de las Naciones Unidas”.

Hassana Aalia, saharui condenado a cadena perpetua


Diagonal Periodico

 
Irene Alconchel. Zaragoza


Hassana Aalia siguió el juicio atento, como la mayoría de los saharauis, pero especialmente alerta, a sabiendas de que su nombre estaba entre el de los acusados. El joven vivió con expectación, a cientos de kilómetros de la Corte en Rabat, el largo proceso en el que él, junto a otros 24 saharauis, ha sido juzgado por el violento desmantelamiento del campamento de Gdeim Izik el 8 de noviembre de 2010. A través de una radio que emite desde los territorios ocupados del Sáhara Occidental, Hassana recibió atónito la noticia en el País Vasco, donde vive con una familia y aprende castellano. A sus 24 años el peso de la sentencia fue muy elevado: cadena perpetua por un delito por el que ya había sido detenido, juzgado y puesto en libertad. Si hay un caso que especialmente llama la atención entre las históricas condenas que dictó el Tribunal Militar marroquí la madrugada del 17 de febrero, es el de Hassana.
En este largo proceso los presos saharauis fueron acusados de pertenencia a banda criminal, violencia contra las fuerzas del orden con resultado de muerte, injerencia en la seguridad interna y externa del Estado y mutilación de cadáveres. Todos a excepción de Hassana y Mohamed Ayoubi, en libertad condicional por su avanzada edad y estado de salud, (llevaban en la cárcel más de dos años).
El joven, tras la primera sentencia, entró y salió del país legalmente hasta que en noviembre de 2012 recibió la orden de búsqueda y captura cuando se encontraba en España. Su sorpresa fue mayúscula cuando escuchó que él también había sido juzgado y condenado en rebeldía. “Ni siquiera sabía qué significaba cadena perpetua. Los abogados creían imposible que se me volviera a juzgar por un mismo delito y, además, sin estar yo presente”, relata el joven, que todavía está asumiendo la noticia que probablemente le impida regresar a su tierra para siempre.

Inés Miranda es abogada y acudió como observadora a todas las sesiones del juicio en representación de la Comisión de Derechos Humanos del Consejo General de la Abogacía Española. En su opinión, “fue un día negro para la justicia internacional. El juicio debe considerarse nulo de pleno derecho. Desde el momento de la detención, cuando los condenados fueron secuestrados y posteriormente torturados, maltratados y violados, pasando por la celebración del juicio, donde no se presentaron pruebas ni testigos fidedignos, hasta la lectura de la sentencia, que incumple el Convenio de Ginebra y la propia Constitución marroquí”, puntualiza la letrada.
Para Hassana, éste ha sido “un juicio político. El objetivo de estas condenas es fomentar el miedo entre los saharauis. Aún así, el resultado ha sido todo lo contrario, han aumentado las manifestaciones y nuestras ansias de libertad. No nos callarán. Cuanto más nos torturen, más lucharemos”. Hassana es saharaui y nació en los territorios ocupados por Marruecos del Sáhara Occidental.

Represión contra los saharauis

Las autoridades marroquíes marginan a todo saharaui que puedan relacionar con el activismo. Cierran sus negocios y les impiden realizar cualquier oficio. Así se aseguran el silencio de muchos de ellos. El descontento social de toda la población saharaui cristalizó a finales del año 2010 gracias a Gdeim Izik, el “campamento de la dignidad”, calificado por Noam Chomsky como la chispa que originó la Primavera Árabe. Durante 28 días, 20.000 saharauis se manifestaron para protestar contra las duras condiciones de vida a las que les somete el Gobierno marroquí y para exigir unos derechos sociales mínimos. Según detalla Hassana, “esta fue la primera vez que viví en libertad en mi tierra, con dignidad”. El joven se emociona al relatar que durante casi un mes “mostramos a Marruecos que podemos organizarnos y conseguimos que nuestra voz diera la vuelta al mundo”.

Gdeim Izik se convirtió en un pequeño oasis en más de tres décadas de lucha, que consiguió romper el bloqueo informativo que el régimen alauí impone al conflicto saharaui, pero cuya llama de esperanza fue breve. “Cuando comenzó el desmantelamiento del campamento yo estaba dormido, fue sobre las seis de la mañana. Escuché helicópteros y vi luces, creí que estaba soñando, pero no, al final se convirtió en una pesadilla”, rememora Hassana. El joven recuerda el día 8 de noviembre de 2010 como uno de los días más tristes de su vida. Cuando regresó al Aaiún tuvo que esconderse durante dos meses de la policía, pero una vez abandonó su refugió fue apresado. “Pasé tres días detenido. Me torturaron. Estuve en una habitación llena de sangre, los gendarmes marroquíes me dijeron que era la sangre de mis compañeros”, relata Hassana.
A la pregunta de cómo se encuentra anímicamente Hassana responde que “nervioso”, ya que todavía está “asimilando la situación”. “Las familias de los presos me han pedido que me quede aquí luchando por ellos y eso es lo que voy a hacer”, sentencia. Ahora, se mantiene a la espera de que Marruecos pida o no su extradición. Si España accediera, reconocería con ello que no se trata de un preso político (el convenio firmado en 2009 entre ambos Estados no se reconoce la posibilidad de extradición a presos políticos). Hasta entonces, Hassana y otros cientos de activistas continuarán luchando.

El Aaiún, una de las ciudades más inhóspitas

El Sáhara occidental, una tierra rica en fosfatos y pesca, fue una provincia española hasta el año 1975. Con Franco agonizando, España abandonó el territorio a su suerte. Desde hace más de 37 años los saharauis están separados, unos sobreviven gracias a la ayuda humanitaria en campos de refugiados en Argelia y otros resisten bajo la ocupación marroquí. La capital del Sáhara Occidental, el Aaiún, es una de las ciudades más inhóspitas de la tierra. Los saharauis viven un hostigamiento continuo por parte de la policía y los colonos marroquíes, quienes están transformando la cultura e idiosincrasia de la ciudad para eliminar la impronta de sus moradores originarios. “Un niño saharaui que nace en la zona ocupada desde pequeño comienza a hacerse preguntas: ¿Por qué hablamos otro idioma? ¿Por qué los profesores nos tratan de forma diferente? ¿Por qué nos insultan por la calle? ¿Por qué nuestras familias tienen miedo a hablar del Sahara?”, explica Hassana Aalia.

domingo, 3 de marzo de 2013

ATENTADO A LA LEGALIDAD INTERNACIONAL “MARRUECOS QUIERE EL SÁHARA SIN SAHARAUIS”




Comunicado de IAJUWS. 2/3/2013.
La Asociación Internacional de Juristas por el Sáhara Occidental –IAJUWS- ante el Juicio y las condenas impuestas por el Tribunal Militar de Marruecos a veinticinco saharauis por los hechos acontecidos en el desmantelamiento del Campamento Saharaui “GDEIM IZIK” muestra su más enérgica repulsa y condena hacia el mismo, por tratarse de un juicio nulo de pleno derecho efectuado por Marruecos, potencia ocupante contraria a Derecho del Territorio No Autónomo del Sáhara Occidental.
El juicio militar que se celebró entre los días uno, y ocho a dieciséis de febrero de dos mil trece, contando con la presencia de diversos juristas internacionales, entre los cuales se encontraban miembros de IAJUWS.
El Tribunal Militar de Marruecos sólo necesitó siete horas para debatir y fallar sobre lo desarrollado en las más de cien horas que duró el Juicio, y concluir con la imposición de sentencia que condenaba a nueve de los acusados a cadena perpetua, a dos a treinta años de prisión, a cuatro a veinticinco, a ocho a veinte años, y a dos al tiempo que hubieran cumplido de prisión provisional.
En este proceso se juzgó a un grupo de veinticinco saharauis detenidos a raíz de la destrucción violenta por parte del las fuerzas de seguridad marroquíes del CAMPAMENTO DE GDEIM IZIK el día 8 de noviembre de 2010 a las 6 de la madrugada, cuando más de veinte mil saharauis poblaban el mismo, para reivindicar mejoras sociales por parte del gobierno marroquí, y protestaban por la discriminación a la que estaban siendo sometidos los y las saharauis en su territorio desde la ocupación del mismo por Marruecos.
Desde IAJUWS condenamos expresamente el Juicio Militar de la potencia de ocupación y su resultado, y manifestamos:
  • El Sáhara Occidental es un Territorio No Autónomo en proceso de descolonización siendo Marruecos una Potencia Ocupante de forma contraria a la legalidad, y sin soberanía sobre el territorio y su población. Es de aplicación el Derecho Internacional Humanitario, el IV Convenio de Ginebra de 1949, sobre la defensa y protección de la población en los territorios ocupados, y los Convenio Internacionales de protección de los derechos humanos y garantías procesales fundamentales.

  • El Tribunal Militar de Marruecos carece de competencia para enjuiciar a los veinte y cinco imputados civiles saharauis, constituyendo un Tribunal de Excepción prohibido expresamente por el artículo 127 de la vigente Constitución Marroquí, y por el IV Convenio de Ginebra, siendo así un “Tribunal Extraterritorial y de Excepción.”

  • Se ha constatado la existencia de numerosos y graves vicios de nulidad en todas las fases del procedimiento, que implican de forma determinante la Nulidad del Juicio, como son:

  • a) El proceso penal ha estado viciado de nulidades desde el momento inicial, siendo los acusados secuestrados y confinados por las fuerzas de seguridad marroquíes en centros de detención secreta durante días.

    b) Empleo sistemático de torturas a los acusados para la obtención de declaraciones, siendo éstas nulas de pleno derecho.

    c) Privación de asistencia a los imputados en el momento de la detención, en las declaraciones policiales, y en las primeras declaraciones ante el Juez de Instrucción. Duplicidad de procedimientos por los mismos hechos.

    d) Ausencia de relato de hechos probados que establecieran vinculación causa efecto con los imputados, presentándose por el Procurador Acusador, una acusación genérica para todos los imputados,

    e) Inexistencia de investigación objetiva en la fase de instrucción.

    f) Carencia de actividad probatoria concluyente: falta de identificación de las presuntas víctimas, ausencia de pruebas forenses y periciales, de autopsias, de informes dactiloscópicos, de reconocimientos periciales y judiciales, de análisis de armas blancas presuntamente utilizadas, falta de autenticidad y verificación de las imágenes utilizadas por la acusación…

    g) Manipulación de las pruebas de convicción, vulnerándose la cadena de aseguramiento y custodia de las pruebas exhibidas en la Sala de Vistas, no estando las mismas referenciadas ni catalogadas. No se establece relación entre las pruebas exhibidas y los hechos concretos, ni la participación de los acusados.

  • Vulneración del Principio de Igualdad de las partes en el procedimiento penal, favoreciendo el Presidente del Tribunal Militar con sus decisiones al Procurador General del Rey (Acusación Pública), admitiéndole todo tipo de propuestas extemporáneas e incluso apartadas de los hechos que se enjuiciaban.

  • Vulneración del Derecho Defensa de los acusados, apreciándose una actitud obstaculizadora por parte del Presidente del Tribunal hacia el ejercicio del Derecho de Defensa realizado por los Abogados de los acusados.

  • Vulneración del Principio de Publicidad, prohibiéndose a los familiares de los presos el acceso a la denominada “Vista Pública”.

  • Denegación a los acusados del derecho a disponer de traductor a su idioma materno “el hasanía” (dialecto saharaui), durante el desarrollo del Juicio.

  • Vulneración del principio “non bis in idem” al enjuiciar por segunda por los mismos presuntos hechos al joven Hassana Alia, a quien no se la ha escuchado en ninguna fase del procedimiento no habiéndolo citado a la celebración del juicio. Hassana Alia fue juzgado y condenado a cuatro meses sin ejecución en el mes de diciembre de 2010.

  • El Tribunal Militar estaba más preocupado por ofrecer una “buena impresión” a los Juristas Observadores Internacionales que en el propio desarrollo del Juicio Oral, dirigiéndose en varias ocasiones a éstos a través de los “traductores oficiales” que recibieron instrucciones de traducir al dictado del Presidente, llegando a declarar éste que “cualquier otra traducción no era válida”.

  • Ambiente hostil para el desarrollo del Juicio, propiciado por los medios de prensa oficiales del gobierno de Marruecos que ofrecían informaciones que culpabilizaban a los imputados, por declaraciones de Ministros del Gobierno de Marruecos en el mismo sentido, y coacciones a los Abogados acusándoles de estar organizados desde el extranjero, aduciendo su falta de patriotismo. Estas circunstancias se expusieron por la Defensa al Tribunal, quien desatendió a las mismas.


  • Por todo ello desde IAJUWS, DENUNCIAMOS y CONDENAMOS
    1.- Que el Gobierno del Reino de Marruecos ocupa ilegalmente el Sahara Occidental.
    2.- Que el Tribunal Militar de Marruecos es un “Tribunal de Excepción” carente de competencias y legitimidad para enjuiciar a la población saharaui.
    3.- Que el Juicio es NULO DE PLENO DERECHO, se ha vulnerado el derecho a la tutela judicial efectiva, el derecho a un juez independiente, el derecho a un juicio con condiciones de igualdad y ambiente propicio para actos judiciales, el derecho de Defensa, el derecho a una instrucción objetiva e imparcial, el principio de legalidad, el principio de presunción de inocencia.
    4.- Que el enjuiciamiento del GRUPO DE GDEIM IZIK por el Tribunal Militar de Marruecos, ha sido un juicio de marcado carácter político por parte del Gobierno de Marruecos, más parecido a un presunto “acto de represalía” que un procedimiento dirigido a la averiguación material de unos hechos y la concreción de la participación en los mismos por parte de los imputados.

    I A J U W S