El Consejo de Ministros en su reunión de 27 de junio 2008 aprobó la cesión a la Marina Real Marroquí de seis torpedos, la información aparecida en prensa figura en la propia página que el Ministerio de Administraciones Públicas tiene en internet donde se dice: “El Consejo de Ministros ha autorizado a la Ministra de Defensa la enajenación de seis torpedos MK 46 MOD. 2, para su cesión a la Marina Real Marroquí por el precio simbólico de un euro. Este material se encuentra en proceso de baja definitiva para el servicio, puesto que el torpedo MK 46 MOD 2 es una versión que está cayendo en desuso, y el más utilizado en la actualidad el MOD-5. Así, la cesión será beneficiosa para la Armada Española por el ahorro del gasto de desmilitarización de los torpedos y ayudará igualmente a mejorar las relaciones bilaterales con el Reino de Marruecos. Dicha cesión ha sido informada favorablemente por el Almirante Jefe del Estado Mayor de la Armada”.
Esta nueva cesión gratuita se añade a la del pasado día 18 de enero en que se autorizó otra cesión por el precio simbólico de un euro de ocho juegos lanzadores de bombas de aviación a la Fuerza Aérea marroquí, entonces los medios de comunicación reproducían la opinión de expertos relativa a que el material, valorado en 86.848 €, se incorporaría “con toda probabilidad a la flota de cazabombarderos Mirage F1”.
Este informe se elabora como consecuencia de la entrada en vigor de la Ley 53/2007, de 28 de diciembre, sobre el Control del Comercio Exterior de Material de Defensa y de Doble Uso.
El pasado 3 de julio, las oenegés Amnistía Internacional, Greenpeace, Intermón Oxfam y la Fundació per la Pau, en un comunicado conjunto, analizaban las exportaciones efectivamente realizadas (diferente a las autorizadas) y pidieron al Gobierno español la aplicación correcta de la nueva Ley de Comercio de Armas (http://www.controlarms.org/es/ultimas_noticias/pr030708.htm). En su comunicado las organizaciones denuncian que España sigue vendiendo armas a Colombia, Pakistán, Israel o Marruecos:
”Las estadísticas oficiales de las exportaciones españolas de material de defensa y de doble uso de 2007, que el Gobierno español ha remitido recientemente al Congreso de los Diputados, confirman la tendencia al alza en la venta de armas españolas al extranjero. En 2007 se alcanzaron los 932 millones de euros, un 10,4% más que el año anterior.
Aunque estas estadísticas contienen operaciones realizadas con anterioridad a la aprobación de la Ley de comercio exterior de material de defensa y doble uso, sus datos no son un buen punto de partida ya que ponen de relieve que España sigue vendiendo armas a países en los que hay un riesgo real de que contribuirán a la violación de los derechos humanos, a la perpetuación de los conflictos armados y al deterioro de su desarrollo sostenible. Además, estas transferencias ponen de manifiesto que el Gobierno español sigue sin cumplir de forma estricta el Código de Conducta de la Unión Europea, lo que exige sin más demora el control efectivo del comercio de armas. Con respecto a Marruecos, país que tiene un contencioso territorial no resuelto, si bien el Gobierno informa de la venta de 20 vehículos todo terreno por valor de 1,8 millones de euros, no proporciona información detalladas sobre los 9 millones de euros que se han vendido bajo la descripción de la categoría 4 “bombas, torpedos, cohetes y misiles”.
El artículo 8 de la Ley 53/2007, de 28 de diciembre de 2007, sobre el control del comercio exterior de material de defensa y doble uso, exige que se denieguen las autorizaciones de exportación en aquellos supuestos en los que existen indicios racionales de que el material de defensa puede ser empleado en acciones que perturben la paz, la estabilidad o seguridad regional, exacerbar conflictos o tensiones latentes o en situaciones de violaciones de los derechos humanos.
La Ley recoge los criterios establecidos en el Código de Conducta de la Unión Europea en materia de exportación de armas, de 8 de junio de 1998, donde se establece que deberá denegarse la licencia de exportación en caso de que su aprobación no sea compatible, cuando se vulneren los siguientes:
CRITERIO 2:
Respeto de los derechos humanos en el país de destino final
CRITERIO 3
Situación interna del país de destino final, en términos de la existencia de tensiones o conflictos armados
CRITERIO 4
Mantenimiento de la paz, la seguridad y la estabilidad regionales
CRITERIO 6
Comportamiento del país comprador frente a la comunidad internacional, en especial por lo que se refiere a su actitud frente al terrorismo, la naturaleza de sus alianzas y el respeto del Derecho Internacional
CRITERIO 8
Compatibilidad de las exportaciones de armas con la capacidad económica y técnica del país receptor, teniendo en cuenta la conveniencia de que los Estados satisfagan sus necesidades legítimas de seguridad y defensa con el mínimo desvío de recursos humanos y económicos para armamentos
La situación de grave violación de los derechos humanos ha sido constatada en numerosos informes emitidos a lo largo de los últimos años por oenegés y organismos de reconocido prestigio: desde Amnistía Internacional, Human Rights Wath, Freedom House, Front Line Defenders, el Consejo General de la Abogacía Española hasta en el propio Informe de la Misión de la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos del año 2006.
La cuestión del deterioro que esta importación de armas supone para el propio desarrollo económico de Marruecos era analizada en un artículo del 11 de marzo pasado en el diario “El Pais”, donde el periodista Ignacio Cembrero escribía como “Marruecos podría ser Tailandia o Colombia con una renta per cápita que rondaría en 2007 los 8.000 dólares (5.220 €), pero está en menos de la mitad (3.800 dólares). La desigualdad entre ambas cifras tiene una causa fundamental: el coste del conflicto del Sáhara Occidental que entorpece su desarrollo económico.”
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