ZARAGOZA, 22 y 23 de FEBRERO
DE 2013
Con motivo del trigésimo séptimo aniversario de la proclamación de la independencia de la RASD, ha tenido lugar los días 22 y 23 de Febrero de 2013 unas Jornadas organizadas por el Observatorio Aragonés para el Sahara Occidental, bajo la rúbrica “Sahara Occidental; actualidad y derechos humanos en la última colonia española”.
En ellas han intervenido diferentes personas
dando puntos de vista distintos, desde la perspectiva jurídica, periodística,
así como el testimonio de activistas.
JUSTICIA PENAL ESPAÑOLA EN
EL SAHARA OCCIDENTAL;
Eduardo
Fungairiño, Fiscal
de la Audiencia
Provincial de Barcelona, Fiscal Jefe de la Audiencia Nacional,
ahora fiscal de la Sala
de lo Penal del Tribunal Supremo. Ha tenido numerosas condecoraciones entre
ellas la Condecoración
de San Raimundo de Peñafort.
.- Recuerda el ponente, la vulneración
sistemática de los Derechos Humanos en el territorio del Sahara Occidental, de
forma constante e interrumpida, violación que junto a la pasividad de la Minurso
hace una situación insostenible de hace ya más de treinta años. Sostiene que la
Minurso esta ciega y muda, unido a la presencia de Francia en el Consejo de
Seguridad no se están dejando constancia de las detenciones arbitrarias,
torturas y de la violación de los más elementales derechos procesales.
.- Para el ejercicio de la jurisdicción,
recuerda los criterios de territorialidad, personalidad activa (como subsidiario
de otros, que sin embargo no dan resultados positivos en la práctica recordando
los casos que España enjuicio a aquellas personas de nacionalidad mexicana que
se refugiaba en España. La documentación de la instrucción requerida a México
sin embargo nunca llegaba, los testigos nunca accedían a venir a España… por lo
que la proyección fáctica del mismo no daba muchos resultados), personalidad
pasiva (que no se aplica en España) y el Principio de Universalidad (para
aquellos delitos internacionales en Tratados Internacionales en los que España
sea parte. Principio que sólo regirá en
los enunciados en el artículo 24.3 de la LOPJ, siempre y cuando “no exista un
seguimiento serio y eficaz” en el país donde se cometieron y exista una
vinculación especial con España).
.- Recuerda
asimismo la existencia de los dos Procedimientos penales que se
encuentran abiertos en España, uno la querella interpuesta ante el Juzgado
Central de Instrucción número 5, por los genocidios, torturas, desaparecidos,
bombardeos de gas cometidos entre 1976 y 1987 en el Sahara Occidental,
justificado por este Principio de Jurisdicción Penal Universal, dada la
vinculación socio política, histórica, lingüística, cultural y humana que
existe entre ambos países.
La Corte Penal Internacional no podría
enjuiciar estos hechos por varias razones, primero porque Marruecos no es
Estado Parte del Estatuto de Roma y en segundo lugar por el principio de
irretroactividad.
El segundo procedimiento penal se encuentra
por la querella interpuesta ante el Juzgado Central de Instrucción nº 2,
interpuesta por la Liga española de Derechos Humanos en nombre de la familia
del joven fallecido en el denominado Campamento de la Dignidad, Gdeim Izik.
Dicha querella aún no se ha admitido a trámite. El Juzgado previamente a la
admisión de la misma ha considerado oportuno oficiar a Marruecos para que
comunique a las Autoridades españolas y/o demuestre si se está realizando una
persecución real y eficaz de estos hechos. Oficios que a pesar del paso del
tiempo no han tenido respuesta a fecha de hoy por parte de Marruecos. Contra
dicha decisión de no admisión a trámite, se interpusieron los correspondientes
recursos ante la Sala Penal de la Audiencia Nacional, así como la Sala Penal
del Tribunal Supremo que fueron igualmente desestimados. Se interpuso de la
misma manera Recurso ante el TEDH, sin
embargo fue igualmente desestimado al “no afectar al marco de los delitos
enunciados en el artículo 6”.
La querella se sustanciaba en el Principio de
universalidad, así como el Principio de territorialidad (en base a la nulidad
de los Acuerdos de Madrid), solicitando la investigación de lo ocurrido en el
mes de Noviembre en el Campamento de Gdeim Izik.
.- Algunos de los numerosos
problemas que plantea el Sr Fiscal es la imposibilidad de que las Autoridades
Judiciales españolas viajen al Sáhara Occidental,
puesto que este país nunca lo permitiría. Asimismo solicitar dicha petición
supondría reconocer a Marruecos como potencia administradora.
De la misma manera, Marruecos no ha contestado
a los exhortos enviados por parte del Juzgado, requerimientos que supeditan al
parecer la decisión de su Señoría para la posible admisión o no de la precitada
querella.
Extraña por otro lado la admisión de una
querella ante el JC número 5 y sin embargo no ocurra lo mismo en el nº 2.
A mayor abundamiento resalta la imposibilidad
material de poder traer a los testigos de los hechos denunciados puesto que
Marruecos no permite la creación práctica de
una Comisión Rogatoria Internacional. Ante esta negativa se dirigió tal
posibilidad a las Autoridades argelinas, sin embargo recordemos que dicho
estado sí reconoce la RASD y por lo tanto derivaron tal petición a las
autoridades competentes de la propia RASD, extremo que España no puede llevar a
cabo puesto que a pesar de que se trata de un Estado reconocido por 82 países
no así por el Estado español.
.- La posibilidad, a juicio del Fiscal, sería
la de emitir órdenes internacionales de detención a los imputados, pues
recordemos que están totalmente identificados.
HOMENAJE A RICARDO VÁZQUEZ
– PRADA;
Se realizó un emotivo homenaje a D. Ricardo
Vázquez Prada, por parte de sus familiares Doris Baillet y Diego Vazquez-Prada.
También intervino Francisco Palacios, Presidente del Observatorio, y José Luis
Trasobares, Presidente de la
Asociación de Periodistas de Aragón.
Ricardo, periodista, fallecido hace dos años,
fue Presidente de la
Asociación de Prensa de Aragón, Presidente del Observatorio
aragonés del Sahara Occidental, así como Presidente de Umdraiga. Fiel defensor
de los DDHH en el Sahara Occidental, y autor de varios libros como “La ciudad
del viento” entre otros.
“lo que
debía haber sido la última descolonización de África con un recorrido lógico,
que diera al
pueblo saharaui el dominio total del territorio que en justicia le pertenece,
a través de un
referéndum de autodeterminación,
se ha convertido
en una sangrante pesadilla.
… y todo mientras
el Gobierno español y la Comunidad Internacional mira cobardemente hacia otro
lado”.
EL TRATAMIENTO DE LOS
MEDIOS INFORMATIVOS Y EL CONFLICTO DEL SAHARA OCCIDENTAL;
LUÍS
DE VEGA;
Periodista español que residió en Marruecos como corresponsal hasta que se vio
obligado junto con su familia a abandonar el país por el contenido de algunas
de sus publicaciones.
Plantea la crisis existente en los medios de
comunicación en cuanto a los valores se refiere, la imposibilidad de retrotraer
historias 30 años atrás, ver la naturaleza del problema y contar el por qué de
lo sucedido. La limitación existente de contar simplemente lo que está pasando al margen de los juicios de valor sin
profundizar en el por qué de las noticias.
Comenta los escollos que padeció, como todas
las personas, a la hora de realizar su trabajo en Marruecos y su imposibilidad
de reflejar cualquier juicio de valor en la cuestión saharaui.
TRINIDAD
DEIROS;
Periodista española que trabajo como corresponsal, entre otros medios, para la
agencia EFE en Marruecos y en la actualidad en La Marea. Destacó la falta de
apoyo que padeció por parte de los medios para los que trabajaba y del Gobierno
español cuando se encontraba desplazada en Marruecos. Igualmente realizó un
ejercicio de autocrítica señalando que después del veredicto de Gdeim Izik se ha desatado una ola de represión en los
Territorios Ocupados que no ha sido objeto de atención por parte de los medios
de comunicación.
SAHARA OCCIDENTAL, SAHEL,
Y REPERCUSIONES GEOESTRATÉGICAS DE LAS INTERVENCIONES NEOCOLONIALES EN MALÍ.
BUCHARAYA BEYÚN; (“callar ante la injusticia es complicidad”). Representante en España de la RASD, fue presentado como el
Embajador en España, lamentablemente dicha denominación no tiene cabida desde
un punto de vista formal habida cuenta del no reconocimiento a día de hoy del
estado saharaui por parte de España.
Bucharaya es Licenciado en Economía, fue
Gobernador en Smara y en la actualidad ostenta el cargo del Delegado Saharaui
en España.
Se reivindica una vez más la pasividad de la
Minurso, la ONU después de 22 años no ha realizado, como así se estableció, un
Referendum ni hay visos de que se vaya a hacer en corto o medio plazo de
tiempo.
Los jóvenes saharauis tienen la sensación de
que la presencia de los coches y las personas de la ONU que se encuentran ahora
mismo en el territorio y que llevan más de dos décadas permaneciendo en la zona
no es más que otra estrategia para legitimar la ocupación marroquí.
La ONU sostiene y así lo ha hecho a lo largo
de la historia, que no puede intervenir puesto que se trata de un conflicto
catalogado de “baja intensidad” frente a otros conflictos que requieren su
intervención por la alta intensidad que representan, tales como Kosovo o Mali.
El Embajador saharaui en España resalta la negatividad y peligrosidad de dicho
mensaje, si la juventud saharaui en España lleva sintiendo la indiferencia de
la Comunidad Internacional durante más de tres décadas, y la no intervención de
la ONU se justifica en la poca intensidad del conflicto, a sensu contrario,
dice, habrá que incrementar dicha intensidad o así por lo menos lo entiende la
juventud saharaui en estos momentos, donde alerta de la desesperación, del
agotamiento de la esperanza a una lucha pacífica y sin armas como se han
caracterizado hasta ahora.
En el último Informe de Christopher Ross de
Diciembre de 2012, se plasmaba la preocupación de la situación y la posibilidad
de radicalizarse hacia la violencia. Un mes después de este Informe, en Enero
de 2013 estalla el Conflicto en Mali, que amenaza la estabilidad de los países
más vulnerables como Mauritania (recordemos la cercanía geográfica del norte de
Mali frontera con Mauritania con el Sahara Occidental), lo que puede dar lugar
a establecer nuevas luces al conflicto saharaui.
Sostiene Beyún que el Sahara Occidental es un
objetivo para Marruecos, desestabilizar los campamentos y vincular al Frente
Polisario con el terrorismo.
Estamos a la espera del próximo Informe del
Señor Ross para Abril de este año.
En lo que respecta al Juicio de los 24, la
preocupación ya no sólo del contenido de la Sentencia sino más por el silencio
de los países occidentales, silencio que se traduce en complicidad, para
terminar dictaminando que o se está con el derecho internacional o no se está.
ANA CAMACHO; Periodista de Espacios
Europeos, cuenta con un blog personal; “Arenas
movedizas”.
Recuerda las palabras en primer lugar del Sr
Ross en Madrid, alertando de la situación del Sahara Occidental de status quo,
de estabilidad de paz, no va a durar mucho. La situación que estalló en Mali
hace dos meses puede repercutir directamente en el conflicto del pueblo
saharaui.
Recuerda la periodista la existencia, cada
vez más fuerte de una juventud saharaui más frustrada.
Ana Camacho establece una correspondencia
analógica del conflicto entre Túnez en el sentido de la influencia que el mismo
tuvo primero en Egipto y después en Libia. De esta manera, ¿Por qué no va a
afectar el conflicto de Mali que empezó con una revuelta del Tuareg en Libia (a
pesar de las distintas versiones que se vierten en los medios de comunicación)?
La mecha, según la ponente, se encendió en
Libia, posteriormente y tras la intervención de Occidente llegaron al norte de
Mali 3.000 tuareg armados donde comenzaron las primeras revueltas.
Considera que dada la cercanía de Smara y
Tindouf, así como el estado de la juventud saharaui se puede llegar a contagiar
el conflicto de Mali.
Se han dado distintas versiones de lo que
está sucediendo en Mali, considera que por este motivo ha intervenido Francia.
Tenemos por un lado la versión francesa presentando varias fotografías de
islamistas radicales y por otro la versión meramente política que es en
definitiva la naturaleza del conflicto.
Recuerda asimismo la situación del secuestro
de los dos cooperantes españoles y una italiana. Llama la atención sobre el “Mujao”, “Movimiento
para la Unidad
y la Yihad en
África Occidental”, movimiento islamista que se dio a conocer públicamente curiosamente
(22 de octubre de 2011), ocho días después del secuestro, parece que se trataba
nuevamente de una estrategia ex novo para la vinculación de tales actos con el
Frente Polisario. En base a dicha hipótesis está la presentación a la opinión
pública de dicho movimiento islamista, por otro lado, los propios cooperantes
secuestrados declararon que los secuestradores no realizaban rezos habituales
como es denominador común en estos grupos islamistas. Los Mujao ahora se
encuentran en Rabat, y son originarios del norte de Mali. Se trata de uno de
los grupos yihadistas formado a partir de la ramificación a mediados del 2011
de otro movimiento islamista
DERECHO DE
AUTODETERMINACION Y RECURSOS NATURALES;
ANA BADÍA; Doctora en Derecho, Catedrática de Derecho Internacional
Público de la Universidad de Barcelona, señala como el núcleo central de la
cuestión del pueblo saharaui emana del Principio de Autodeterminación de los
pueblos, desde el punto de vista jurídico.
En el ámbito jurídico internacional la
peculiaridad se centra en la denominación de pueblo, esto es, pueblo entendido
desde un punto de vista técnico como aquella población o grupo de personas que ocupa un determinado territorio, y
conforman el sujeto del derecho del derecho de libre determinación.
Es un principio jurídico internacional
general que sienta las bases de convivencia entre los estados, principio que
comporta derechos y obligaciones, derechos de los pueblos y deberes a todos los
estados y de la Comunidad Internacional. A mayor abundamiento, se trata de un derecho
humano contemplado en el Pacto Internacional de derechos civiles y político, derecho
a decidir cómo quieres organizarte.
Es un principio y para el caso del Sahara
Occidental se concreta en 1960 cuando entra en la esfera jurídica internacional
y que va a suponer tener que dar respuesta a los pueblos coloniales. Que puedan
éstos conseguir, decidir sobre su futuro.
En el proceso de negociación de este
Principio la cuestión económica quedaba plasmada en una menor medida. La
aplicación del mismo se ha ido gestionando casuísticamente (se ha aplicado a 60
territorios coloniales quedando 16).
.- En cuanto a los Recursos Naturales,
pertenecen al territorio colonial, pero ¿qué comprende este territorio? La
tierra, el subsuelo, el espacio aéreo, pero además jurídicamente se entiende
que la tierra domina al mar, de tal manera que también se incluyen determinados
espacios marinos (plataforma continental más la zona económica marina). Estos
espacios se entienden que en un territorio colonial no autónomo también afecta
a la prolongación a los espacios marítimos. Para el caso del Sahara se han
encontrado importantes yacimientos de fosfatos, de petróleo (aunque parece ser
que dadas las investigaciones realizadas los mismos son de baja calidad, en
comparación con las extracciones de Arabia Saudí) y recursos pesqueros.
En el año 2005 tiene lugar el Acuerdo de
Cooperación entre la Unión Europea y Marruecos. Mediante el mismo, se da cabida
a una flota de 119 barcos, que se les permite pescar en las zonas y espacios
que ocupan el precitado acuerdo (que luego se dirán). En compensación a dicha
explotación de recursos la Unión Europea aporta a Marruecos la cantidad de
treinta y cinco mil millones de euros. En dicho acuerdo se incluyeron entre las
zonas de explotación “…los espacios en
los que Marruecos tiene Jurisdicción…” por lo tanto la interpretación que
han realizado del mismo es que también se incluyen las aguas saharauis.
En el año 2009, el Frente Polisario comunica
la delimitación de sus aguas. Se continúa denunciando la falta de legitimidad
de Marruecos a la hora de explotar sus aguas, solicitando que no pueden
realizar dicha explotación y que si la hacen deben compensar al estado de la
RASD.
En el año 2009 se produce un cambio en la
Unión Europea, entrando el Parlamento Europeo a participar en la elaboración de
los Tratados Internacionales, es en este punto cuando donde no se han renovado los Acuerdos de pesca, y
ello por varias razones; la primera por la sobreexplotación de la zona, en
segundo lugar por la escasa rentabilidad económica para la Unión Europea
(recordemos que de la flota 100 barcos son españoles y 19 Europeos) y en tercer
lugar por la falta de pruebas que el Acuerdo pueda favorecer o no al Sahara. El
precitado acuerdo se encuentra en negociación, las cuales empezaron en
Noviembre pero aún no han visto la luz.
LA VIOLACION DE LOS
DERECHOS HUMANOS EN LOS TERRITORIOS OCUPADOS
ALI SALEM TAMEK; Activista saharaui defensor de
los DDHH en los territorios ocupados y Vicepresidente de CODESA.
.- Recuerda el Ataque militar al conocido
“Campamento de la Dignidad”, al margen de todas las garantías y violación de
los derechos humanos. A pesar de la
naturaleza pacífica del campamento, y de la organización interna que en el
mismo existía con órganos creados ad hoc abiertos al diálogo y conversaciones
bilaterales, el mismo sufrió un intenso ataque militar por parte de las
autoridades marroquíes, al margen de cualquier posibilidad de negociación a
través de la Comisión de dialogo creada al efecto. Por parte de las autoridades
alauitas se procedió a la detención de un gran número de personas, parte de las
cuales fueron destinadas a la Cárcel Negra del Aaiún. Posteriormente se
procedió a poner a 164 en “libertad condicional”, el resto ya sabemos todos
donde se encuentran.
El grupo de los 25, fue detenido directamente,
permaneciendo 24 de ellos en la cárcel durante dos años y tres meses hasta el
comienzo del Juicio. Procedimiento que tuvo una duración de nueve días, único
en la historia, pues no se conoce un juicio tan largo en el tiempo, y con tanta
dureza. Al mismo, recuerda el activista acudieron un total de 82 Observadores Internacionales
y 11 abogados de la defensa. Sin embargo al resto de personas existentes en la
zona así como a los familiares de los acusados no se les permitió la entrada al
Tribunal.
Salem ha calificado el proceso de “juicio
político” al ser los detenidos activistas saharauis por la autodeterminación
del Sáhara Occidental, y ha recalcado que “es un juicio ilegal, ya que no hay
pruebas y los detenidos son civiles que han sido juzgados por un tribunal
militar”, lo que demuestra, en palabras del compareciente, que “Marruecos no
respeta los derechos humanos y está muy lejos de la imagen que trata de
proyectar cómo país con un estado de derecho avanzado que respeta las leyes y
los derechos humanos”.
Denuncia las irregularidades existentes a lo
largo del procedimiento, las pruebas solicitadas por la defensa (como testigos)
fueron denegadas sin motivación alguna, al igual que la solicitud de la defensa
de los instrumentos de torturas con los que parece ser los acusados utilizaron
sin embargo curiosamente los mismos no se encontraron.
Los acusados fueron enjuiciados por un
Tribunal Militar que a tenor de los establecido en el artículo 77 de la
Constitución Marroquí se trata de un órgano excepcional y carecía de
competencia para conocer de los hechos enjuiciados.
Llama la atención asimismo de la identidad de
todos los expedientes de todos los acusados, las acusaciones tenían el mismo
contenido cuando las actuaciones de los imputados dentro de la organización del
campamento eran totalmente distintas.
En definitiva, se trató de un juicio político
por acciones civiles.
Asimismo, denuncia Tamek las torturas y
violaciones sistemáticas que los presos han estado sometidos durante todo este
tiempo en las cárceles marroquíes, rechazando incluso la presencia médica
solicitada por la defensa.
Por parte del Gobierno marroquí se presento
un video de 25 minutos de duración difundiendo a los medios de comunicación lo
que había sucedido para confundir a la opinión pública y dar a conocer extremos
que no se corresponden con la realidad, dado que lo que caracteriza a la lucha
saharaui es el pacifismo con el que se ha llevado durante todas estas décadas.
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